Baja por fallecimiento
Descripción
La medida consiste en declarar la baja de un agente por haberse producido su deceso. El objetivo es acreditar la desvinculación con la Administración a efectos de que sus derechos habientes gestiones el pago de la pensión, en caso de corresponder.
Requisitos |
DOCUMENTACIÓN Partida defunción del agente. Documentación que acredite el vínculo con los herederos. Certificados de libre deudas de los organismos provinciales. |
Domicilio: | Belgrano 878 - Planta Baja |
Teléfono: | (54) 0370 - 4426000/ 1/ 2/ 3 |
Responsable: | Noemí Portillo |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Estatuto para el personal de la Administración Pública. - Decreto Ley Nº 696/78 |
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Duración Aproximada:
60 días aproximadamente.
¿Cómo se realiza el trámite?:
Por correo postal
Personal