Renovación Portación de Armas de Fuego
Descripción
Las autorizaciones son restrictivas y faculta al usuario a llevar armas de fuego en condiciones de uso inmediato. El otorgamiento o no de la misma queda pura y exclusivamente bajo la competencia del RENAR y se autoriza por término de 365 días corridos.
Requisitos
DOCUMENTACIÓN
- Formulario 03.
- Formulario 04.
- Formulario 05.
- Formulario 06.
- Solicitud de antecedentes (REPAR)
- Condición previa: ser legítimo usuario de armas de fuego con credencial vigente y tener registrada el arma sobre la cual se solicita la portación.
- Certificado médico de aptitud psicofísico, extendido por médico clínico, en formulario específico gratuito disponible en REPAR
- Certificado de medio de vida lícitos actualizados.
- Copia certificada del DNI, Cédula de Identidad Federal o Pasaporte, donde conste el último domicilio, de no estar actualizado deberá presentar constancia policial del domicilio.
- Nota de presentación fundamentando los motivos de la solicitud.
Todos los Formularios Ley se hallan disponibles en el REPAR.
Formulario Tipo 05 | $ 10 |
Formulario tipo 06 | $ 10 |
Solicitud de Antecedentes | $ 26 |
Total | $ 46 |
Armas y Explosivos - Ley Nº 20.429 |
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Dto. Reglamentario Tierras Fiscales - Decreto Nº 1539/60 |
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30 a 40 días
Personal