Alta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Directo

Descripción

Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General (Directo).

Requisitos

Alta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos -Régimen General. Documentación a presentar: Persona Física: -Formulario de Inscripción F-600/A. -Original y Copia del Documento Nacional de Identidad. -Constancia de Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos - ARCA. -Original y Copia de Boleta de Servicios o Contrato de Locación a nombre del contribuyente a fin de acreditar el domicilio fiscal denunciado. Efector Social: -Formulario de Inscripción F-600/A. -Constancia de Inscripción ante la Administración de Ingresos Públicos - ARCA. -Original y Copia de la Constancia de Efector Social emitida por el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. -Original y Copia de Boleta de Servicio o Contrato de Locación a nombre del Contribuyente a fin de acreditar el domicilio fiscal denunciado. Personas Jurídicas o ideales, sociedades, asociaciones, uniones transitorias de empresas, consorcios y demás entidades mencionadas en el artículo 11° del Código Fiscal Ley 1.589: -Formulario de Inscripción F-600/B. -Copia certificada del Instrumento Constitutivo (Acta Constitutiva, Estatuto Social, Contrato Social o documento equivalente). -Constancia de Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos - ARCA. -Copia de DNI, CUIT o CUIL de los integrantes de los órganos de administración, o quienes sean representantes legales. -Copia de Boleta de Servicio o Contrato de Locación a fin de acreditar el domicilio fiscal denunciado. -Inscripción en el Registro Público de Comercio y en la Dirección General de Personería Jurídica; este requisito no será exigible para la inscripción de las sociedades no constituidas regularmente. Sucesiones Indivisas: -Formulario de Inscripción F-600/B. -Testimonio Judicial de la designación del administrador. -Fotocopia del Certificado de defunción del causante. SE ABONA UN MONTO CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO MINIMO QUE FIJE LA LEY PARA LAS INSCRIPCIONES NUEVAS (Art. 225° Código Fiscal Ley N° 1589 y Art. 54° Ley Impositiva N° 1590 y sus modificatorias). En todos los casos el Formulario de Inscripción F-600, en todas sus modalidades, deberá ser suscripto por el contribuyente o persona autorizada, apoderado o representante legal, en presencia del funcionario actuante, acompañando la documentación que acredite el carácter invocado en original y copia. Fuente: Resolución General N° 49/2016. Abonar el impuesto mínimo establecido en la Ley Impositiva N° 1590 y sus modificatorias, de acuerdo al Artículo 225° del Código Fiscal Ley N° 1589. Sector: BOX de Atención al Público - Planta Baja.

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Responsable: Celsa Presentación Aquino
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs.
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F-600/A - INSCRIPCION PERSONAS FÍSICAS
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F-600/B INSCRIPCIÓN PERSONAS JURÍDICAS
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CÓDIGO FISCAL LEY N° 1589 - ATP - Ley Nº 1589
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INSCRIPCIONES EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - Resolución Nº 049/2016
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Paso a paso

1

Completar Formularios

Completar los formularios. Puede descargar un modelo desde la pestaña "Formularios".

2

Solicitar Constancias

Solicitar constancias de AFIP y CUIL (ver Trámites Externos).

3

Solicitar Certificado de Domicilio

Dirigirse a la comisaría o destacamento policial más cercano y solicitar Certificado de domicilio.

4

Presentar Documentación

Dirigirse a las oficinas de la DGR con la documentación requerida.