Asesoramiento Jurídico

Descripción

Realizar dictamen para la formación o renovación de las Juntas Vecinales en todo el territorio de la provincia de Formosa, de conformidad a las disposiciones de la Ley 1028 y la resolución ministerial Nº 322/01 del Ministerio de Gobierno.

Requisitos
- Pedido de cada comunidad firmado por los propios beneficiarios de la futura organización vecinal.
- Presentación de un padrón de vecinos del lugar.
- Aprobación por parte de la Dirección de Municipios de la documentación presentada.
- Fijación de la fecha de Asamblea vecinal.
Domicilio: Brandsen N° 1037 - Monoblock "C" - 2º Piso CP 3600
Teléfono: (54) 0370 - 4433675
E-mail: direccionmunicipios@formosa.gob.ar
Responsable: Juan Elvas
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs.
Ley de Municipios - Ley Nº 1028
Descargar Texto Completo de la Norma ()
Reglamento para las Juntas Vecinales - Resolución Nº 322/01
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¿Cómo se realiza el trámite?:

Personal


Paso a paso