INSCRIPCIONES A INTERINATOS Y SUPLENCIAS, PERIODO ORDINARIO 2024 EN EL NIVEL PRIMARIO

Se llevará a cabo durante el mes de septiembre y se podrán inscribir en una sola Delegación Zonal y hasta en cuatro (4) especialidades como máximo (Decreto N° 459/14 Art. 7° Inc. "C" PEP), debiendo poseer el Título para cada Especialidad.

La Junta de Clasificación de Educación Primaria, dependiente del Ministerio de Cultura y Educación (MCyE),   da a conocer algunas orientaciones para las Inscripciones de Interinatos y Suplencias - Periodo Ordinario 2.024 – para los docentes de Educación Primaria.

Se llevará a cabo durante el mes de septiembre y se podrán inscribir en una sola Delegación Zonal y hasta en cuatro (4) especialidades como máximo (Decreto N° 459/14 Art. 7° Inc. “C” PEP),  debiendo poseer el Título para cada Especialidad.

Para la inscripción en el cargo de Maestro de Ciclo Adulto (M.C.A.) de la Modalidad Adultos, se deberá tener una antigüedad de cinco (5) años de ejercicio de la docencia en cualquier situación de revista, en el Nivel Primario Común (Art. 148° - Decreto N° 1.324/93 – Inciso I – Ley N° 931).

Respecto a la inscripción en los cargos de Maestro Especial de Técnicas Agropecuarias (M.E.T.A.) y Maestro Especial de Actividades Prácticas (M.E.A.P.), solo podrán hacerlo los docentes que ya estén designados como Interinos o Suplentes en dichos cargos, por lo establecido en la Resolución N° 168/20 MCyE, que no permite que se realicen nuevas designaciones para cobertura de los mencionados cargos.

El docente en actividad podrá presentar Certificación de Servicio para su valoración. En el mismo se detallarán los datos del docente, de la escuela y el lapso del servicio correspondiente al periodo en curso. Las certificaciones incompletas no se tendrán en cuenta para ser valoradas.

 Los docentes con constancia de título en trámite emitido con una antigüedad de más de tres (3) meses, tendrán que presentar el título o actualizar dicha constancia, de lo contrario no saldrán en la lista de puntaje por vencimiento de la misma.

Deberán notificarse de las listas de puntaje, que estarán exhibidas durante cinco (5) días hábiles, establecido por el calendario Escolar. Dentro de este lapso, los aspirantes tendrán derecho de solicitar la revisión del puntaje, a fin de que esta Junta pueda resolver la totalidad de los reclamos y elaborar la lista definitiva a la fecha prevista en el Calendario Escolar.

 

29-08-2023 | Cargada en Nivel Primario - Fuente: Ministerio de Cultura y Educación