Diego Jorge Luis Nuñez

Jefe del Departamento Boletín Oficial

Administración y Talleres del Boletín Oficial

José M. Uriburu Nº 1563/77

Teléfono: (54) 0370 - 4431909

boletinoficial@formosa.gob.ar


Suscripciones, Venta de Ejemplares y Publicaciones
Edictos Sucesorios x 3 Días Pesos 30
Edictos de Remates Contratos etc. x Día Pesos 2 (x cm/columna)
Permisos de Negocios Marcas y Señales x Día Pesos 10
Inscripción y Actualización Registro de Proveedores x Día Pesos 20
Suscripción Anual (*) Pesos 100
Gastos de Franqueo (*) Pesos 50
Número del día Pesos 1
Idem atrasado (más de 30 días) Pesos 1.50
Idem Extraordinario Pesos 2
Idem Extraordinario (más de 30 días) Pesos 3
Emancipación x 1 día Pesos 10

(*) Costos dependientes de las tarifas de Correo Argentino

Ley - Boletín Oficial

Fecha de Sanción: 13/08/58 - Promulgación: 27/08/58, D.408 - Publicación: 09/09/58
Tema: Creación del Boletín Oficial de la Provincia de Formosa.
Autor: Dip. Azar, Moisés.
Expediente: 101/58 - Comisión: 1 - Despacho: 22/58
Incidencias: D.657/58 - Reglamentación (B.O. 28 Del 15-10-58, P.11)

LEY N º 15

La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1º.- Créase el Boletín Oficial de la Provincia de Formosa.-
Artículo 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para estructurar y reglamentar el funcionamiento del Boletín Oficial a los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior.-
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará a Rentas Generales.-
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese.

Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, a los trece días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y ocho.-

JULIO ROMULO ARAOZ / BENJAMIN LEVI VERA
SECRETARIO / VICEPRESIDENTE