El Ministerio de la Producción y Ambiente depende del Gobierno de la Provincia de Formosa.

Compete al Ministerio de la Producción y Ambiente, asistir al Gobernador en todo lo inherente a la agricultura, ganadería, recursos naturales renovables y ecología de la Provincia, y en particular:

  1. Entender en la implementación de la política provincial agropecuaria y de recursos naturales, mediante la ejecución de los planes elaborados a tal fin.

  2. Entender en la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal, pesquera y de caza.

  3. Entender en la preservación y administración de los parques, reservas y monumentos naturales.

  4. Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales en el área de su competencia.

  5. Entender en la organización de sistemas efectivos, tendientes al mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales para incrementar la producción de los recursos naturales de la Provincia, en el área de su competencia, mediante convenios de colaboración y otras formas de integración de dichos sistemas.

  6. Entender en la realización de estudios y conservación de suelos e intervenir en los de agua, tendientes a lograr el mayor aprovechamiento de las fuentes naturales, compatibilizando planes y programas provinciales, regionales y nacionales.

  7. Entender en todo lo relacionado con la fauna provincial.

  8. Entender en la aplicación de las normas sobre contaminación ambiental en el área de su competencia.

  9. Entender en la realización de estudios de localización de centros de explotación forestal con avanzada tecnología de producción.

  10. Intervenir en la determinación de la política agropecuaria, de recursos naturales y económica global de la Provincia.

  11. Intervenir en los sistemas de créditos rurales, formulando propuesta en función, principalmente, de la capacidad de trabajo y la solvencia moral de los beneficiarios.

  12. Intervenir en la elaboración de planes de regadío y de electrificación rural, en materia de su competencia.

  13. Intervenir en la elaboración de las normas sobre contaminación ambiental, en el área de su competencia y, fundamentalmente, su prevención contra los desastres ecológicos, tendiendo a su minimización.

  14. Intervenir en la tipificación, certificación de calidad y normatización para la comercialización de los productos agropecuarios, forestales y de caza.

  15. Intervenir en la fiscalización de la importación de origen agropecuario, forestal, pesquero y de caza.

  16. Intervenir en la fijación de todo tipo de mecanismo de regulación y promoción de las exportaciones e importaciones en el área de su competencia.

  17. Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen general de la tierra rural y en la administración y colonización de tierras fiscales.

  18. Intervenir en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y demás actividades tendientes al fomento de la promoción del comercio interior y exterior de los productos primarios provinciales.

  19. Intervenir en la asistencia a las comunidades rurales y productores agropecuarios, mediante el asesoramiento tecnológico y la investigación.

  20. Intervenir en la elaboración de sistemas de promoción de la industrialización y comercialización de productos agropecuarios y forestales que aseguren la defensa del consumidor.

  21. Intervenir en la elaboración e implementación del régimen de reservas, venta o concesión de tierras, en especial en zonas de influencias de obras hidráulicas, a fin de asegurar su equitativa distribución.

  22. Intervenir en la promoción de formación de cooperativas agropecuarias.

  23. Intervenir en la adopción de medios para la defensa de los cursos de agua, anegamiento y zonas inundables e insalubres.

  24. Intervenir en la fijación de la política hídrica en el ámbito provincial.

  25. Intervenir en la promoción de las investigaciones científicas y tecnológicas sobre la base de un enfoque moral de su aplicación.

  26. Intervenir en la elaboración e implementación del régimen de reservas, venta o concesión de tierras en el ámbito provincial.

  27. Entender e intervenir en casos de epidemia, pandemia, etc. de flora y fauna.

  28. Diseñar, entender e intervenir en las políticas actuales o futuras vinculadas a la calidad ambiental; como en todo lo relativo a la evaluación, prevención, estudios, registro, control y aplicación de sanciones sobre actividades que puedan generar impactos ambientales y eventuales contaminaciones en los diferentes recursos naturales o bien sobre la salud de la población, originadas por actividades comerciales, productivas, industriales o de servicios, alentando la promoción de prácticas amigables con el ambiente en sus diversas formas y modalidades.