Solicitud de Certificado de Buena Conducta

Descripción

El certificado de Buena Conducta es una constancia policial que acredita que el solicitante no posee causa judicial y/o contravencional pendiente de resolución judicial.
Será otorgado a los mayores de (16) años de edad que lo soliciten, que se encuentran identificados y que no registran antecedentes de condena por delitos con sentencia firme y no hayan transcurrido los términos del Art. 51º del Código Penal o a quienes hayan sido declarados prófugos o rebeldes en causas abiertas por la comisión de un delito. También será otorgado conforme las previsiones del Art. 3º de la Ley 462.

Requisitos
En caso de estar identificado:
1- Fotocopia del DNI 1º y 2º hoja.
2- Estampilla fiscal de $ 35 (pesos treinta y cinco)

En caso de no estar identificado:
1- Acta de Nacimiento Actualizada.
2- Fotocopia de DNI (en caso contrario contar con la constancia del DNI en trámite - fotocopia).
3- (02) Fotografías color tipo carnet 3X3.
4- Fotocopia del Acta de Matrimonio (en caso de estar casado/a).
5- Fotocopia del Certificado de Defunción (en caso de ser viudo/a).
6- Fotocopia de DNI de los hermanos del interesado.
7- Estampilla fiscal de $ 70 (pesos setenta)
8 -$ 20 (veinte pesos) para plastificado de la cédula.

Observaciones

El certificado de Buena Conducta tiene validez por el término de 6 meses.

Estampillado fiscal  $ 35
Estampillado fiscal  $ 70
Plastificado de la Cédula  $ 20
Total $ 125
Domicilio: Moreno 575
Teléfono: (54) 0370 - 4429326
Responsable: Comisario General Silvia Van Dik
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 07:30 a 12.00 hs. y de 17:00 a 20:00 hs.
Derecho de Otorgamiento Certificado de Buena Conducta - Ley Nº 462/84
Texto de la Norma No Disponible
Trámite destinado a
Ciudadanos Ver todos
Duración Aproximada:
24 horas
¿Cómo se realiza el trámite?:

Personal


Paso a paso