Más de 20 millones de personas podrán acceder a la devolución del IVA en compras de la canasta básica

El programa "Compre sin Iva" es una medida económica vigente desde el 18 de septiembre reglamentada por el Gobierno Nacional mediante la Resolución General N° 5418/2023. Está destinado a trabajadores que cobren salarios de hasta $ 708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y titulares

La medida se basa en recibir el equivalente al 21% de sus gastos de compra con tarjeta de débito en bienes de primera necesidad. El programa rige para todos los rubros de alimentos y bebidas e higiene personal, con un tope mensual por persona de $ 18.800, que se identificará según el CUIL o CUIT.

Es importante señalar que el beneficio no requiere de ningún tipo de trámite, ya que se habilita de manera automática. El monto se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente a las 48 horas de la operación. 

El beneficio de devolución del 21% del monto final estará vigente para la adquisición en comercios minoristas y/o mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y el resto de los productos que componen la canasta básica. Como se aplica sobre el ticket final, no es excluyente de las promociones de las entidades bancarias. El esfuerzo fiscal de la iniciativa no afecta la coparticipación, ya que los recursos provienen de la partida presupuestaria asignada a tal efecto por el Ministerio de Economía.


¿Quiénes podrán utilizar este beneficio?

La medida beneficia a más de 2,3 millones de monotributistas “puros”, es decir, que no perciben ningún otro ingreso adicional, 440.000 trabajadoras de Casas Particulares, 7 millones de jubilados, pensionados y 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Por otro lado, el universo de contribuyentes alcanzado abarca a 9 millones de trabajadores en relación de dependencia con sueldos inferiores a $ 708.000, y titulares de la Tarjeta Alimentar y del programa Potenciar Trabajo.

En tanto, quedarán excluidos del programa los contribuyentes inscriptos ante la AFIP como autónomos o que estén obligados a tributar el impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales, siempre que la misma no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

Para determinar si uno es elegible para el reembolso, la AFIP habilitó un sitio web especial, donde se podrá consultar la nómina de personas beneficiarias del régimen de reintegros ingresando al siguiente link: https://cutt.ly/awvwOfqp 


Aplicación de la devolución 

El programa "Compre sin IVA" es por beneficiario, no por grupo familiar. Si una familia se compone por un matrimonio donde uno es empleado en relación de dependencia y el otro monotributista, por ejemplo, ambos percibirán el beneficio por separado.

En este sentido, el Gobierno explicó que cada persona será identificada con el CUIL o CUIT en la base de datos, para topear el límite en ese monto.

Aunque la persona cuente con más de una tarjeta de débito, el programa se aplica por beneficiario, por lo que, si se poseen, por ejemplo, dos tarjetas, no se contará con el doble del beneficio.

Esta medida representa acciones del Gobierno Nacional para fortalecer la economía, recuperar el poder adquisitivo y reactivar el consumo.




 

 

 


22-09-2023 | Cargada en Noticias - Fuente: Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas